RECINTO FISCALIZADO ESTRATÉGICO

¿QUÉ ES?

El RFE equivale a una zona libre de impuestos

El RFE (Recinto Fiscalizado Estratégico) es un regímen especial de la Ley Aduanera, que permite que bienes extranjeros, nacionales, e inclusive los ya importados, puedan introducirse en un RFE para ser almacenados, exhibidos, vendidos, distribuídos, transformados o reparados.

VENTAJAS

Impuestos

Los impuestos de importación, tarifas y cuotas compensatorias no tienen que ser pagados.

El pago de los impuestos se realiza hasta que los bienes sean introducidos al mercado Mexicano.

Restricciones no arancelarias

Las restricciones no arancelarias no son aplicadas cuando los bienes son destinados a un RFE, excepto las sanitarias, de salud pública, ambientales o de seguridad nacional.

Tiempo de estadía

Los bienes extranjeros, introducidos al RFE, pueden permanecer en este regímen, hasta por 60 meses.

Otros regímenes

Los bienes que son ingresados pueden posteriormente ser destinados a los siguientes:

  • Importación / exportación definitiva
  • Transferencia a otros programas (IMMEX o Depósito Fiscal)
  • Retorno al extranjero

Disposición de desechos

Desperdicios y desechos derivados de procesos de transformación o reparación, no pagan impuestos de importación o tarifas.

Reducción de tiempo

La importación de bienes a través del RFE, acelera el proceso de importación en fronteras y puertos, ya que la importación se hace en el REF.

Productos para exportación

Los productos nacionales o importados, se considerarán exportados cuando sean introducidos al RFE.

Importaciones no-consolidadas

Los bienes pueden ser importados en las cantidades o lotes que sean convenientes (por razones de pago, lotes mínimos de compra, fletes, etc).
La salida de la mercancía del REF puede ser de forma desconsolidada, en partes o lotes, para optimizar los beneficios del RFE para el pago de impuestos.

PROCESO PARA INTRODUCIR PRODUCTOS AL RFE

Los bienes llegan a la frontera

Los bienes entran a México a través de cualquier frontera, sea terrestre, marítima o aeropuerto.

Manifiesto de Tránsito

En la frontera de entrada, se emite un Manifiesto Temporal de Tránsito (con una tarifa de importación genérica), para el traslado de los bienes de la frontera al RFE (contando con 10 días para el traslado).

Ingreso de los bienes al RFE

Los bienes ingresan al RFE y el Manifiesto Temporal de Tránsito es cancelado. Los bienes pueden ahora ser almacenados, exhibidos, vendidos, distribuídos, transformados o reparados.

Salida de los bienes del RFE

Los bienes pueden ser regresados al extranjero, importados a México o destinados a otro regímen.